Fecha convocatoria
25/03/2020
Grupo
A2
Plazas
2
TIPO DE PERSONAL
PLAZO INSCRIPCIÓN
MÁS INFORMACIÓN
Convocadas 2 plazas correspondiente al turno libre de Ingeniero Técnico de Obras Públicas para el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Madrid). El sistema de selección será oposición y tanto las bases especificas como el temario se encuentran en el BOCM de 5 de marzo de 2020.
Durante la vigencia del estado de alarma se suspenden todos los plazos administrativos.
Disponibles test online en este enlace.
El temario de esta oposición está compuesto por los siguientes temas:
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica en la Constitución española. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona.
2. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema constitucional español: composición y funciones. Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. La Administración General del Estado. La estructura departamental y los órganos superiores. La Administración periférica. Los órganos consultivos.
3. El Poder Judicial. Órdenes jurisdiccionales y órganos. El Consejo General del Poder Judicial: designación, organización y funciones. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación, organización y funciones.
4. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. La notificación: contenido, plazo y práctica.
5. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos.
6. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
7. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
8. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.
9. La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. Procedimiento.
10. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. El Municipio: Concepto y elementos. La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. El Reglamento orgánico.
11. La organización municipal en los municipios de régimen común. Órganos necesarios y órganos complementarios. Especial referencia al régimen de organización de los municipios de gran población.
12. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales.
13. Elementos de los impuestos: hecho imponible. Sujeto pasivo. El domicilio fiscal. La base imponible y liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributaria.
14. El procedimiento de contratación en la Administración Pública. Presupuestos del procedimiento y preparación del contrato. La libertad de concurrencia. Los procedimientos de selección de contratistas.
15. El Presupuesto de las Corporaciones Locales: Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. Modificaciones presupuestarias. El gasto público local.
TEMARIO ESPECÍFICO
1. Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid: La clasificación del suelo. Clases de suelo y categorías.
2. Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid: Clases de Planes de Ordenación del Territorio en la Comunidad de Madrid. El Plan General de Ordenación Urbana: Función, contenido y documentación.
3. Planes Parciales. Planes Especiales. Estudios de Detalle: Función, contenido y documentación.
4. Elaboración y aprobación de los planes: Formulación, tramitación del planeamiento general y especial. Vigencia y revisión de los planes. Efectos de la aprobación de los planes.
5. Ejecución del planeamiento: Sistemas de ejecución. Elección del sistema. Sustitución del sistema. El sistema de compensación.
6. Determinaciones de las Redes públicas.
7. Proyecto de Urbanización. Función, contenido y tramitación.
8. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Contenido y Sistema General de Objetivos.
9. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Normas generales de diseño y calidad.
10. Plan Especial para la mejora de la ordenación pormenorizada de las parcelas destinadas a usos de equipamientos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
11. Infraestructuras básicas y Servicios Urbanos del PGOU de Pozuelo de Alarcón.
12. Ordenanza municipal de obras en la vía pública del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
13. Ordenanza municipal de Circulación y Tráfico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: Ocupación de la vía pública. Zonas de regulación circulatoria específica.
14. Señalización y balizamiento de obras en las vías públicas: Norma de Carreteras 8.3-IC: Principios generales y Ordenación de la circulación en presencia de obras fijas.
15. Señalización y balizamiento de obras en las vías públicas: Norma de Carreteras 8.3-IC: Limitación de la velocidad. Cierre de carriles a la circulación y desviación a carriles provisionales. Elementos de señalización, balizamiento y defensa.
16. Accesos a las carreteras de acuerdo con la “Norma 3.1-I.C. Trazado”, de la Instrucción de Carreteras, aprobada por Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero.
17. Orden de Accesos a la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid, de 3 de abril de 2002. Títulos no derogados por la Orden de 23 de mayo de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
18. Orden 17 de febrero de 2004, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueban los requisitos técnicos para el proyecto y construcción de las medidas para moderar la velocidad en las travesías de la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid: Dispositivos relacionados con el trazado en planta y en alzado.
19. Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Clasificación. Instrumentos de coordinación entre el planeamiento viario y el planeamiento territorial. Estudios y Proyectos. Construcción. Uso y defensa de carreteras.
20. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Sección 1ª Limitaciones a la propiedad.
21. Glorietas. Clases de glorietas. Recomendaciones geométricas. Capacidad de una glorieta. Características del trazado.
22. Firmes de Carreteras. Descripción y funciones de los firmes de carreteras. Características funcionales y estructurales. Tipos de firmes.
23. Características de las mezclas bituminosas porosas. Ventajas y limitaciones de su empleo. Análisis y valoración de su comportamiento.
24. Orden FOM/3460/2003, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la Norma 6.1-IC “Secciones de Firme de la Instrucción de Carreteras”.
25. Cubicaciones. Perfiles trasversales.
26. Estudio de tráfico: Niveles de Servicio, Intensidad, Velocidad y Densidad.
27. Real Decreto 1367/2007. Zonificación Acústica. Cumplimiento y Objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas acústicas. Emisión de ruido de vehículos de motor, ciclomotores y servicios de urgencias.
28. Ley 8/1998, de 15 de junio, de vías pecuarias de la comunidad de Madrid. Usos comunes generales: prioritarios, compatibles y complementarios.
29. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Capítulo II Espacios públicos urbanizados y áreas de uso peatonal. Capitulo III Itinerario peatonal accesible. Capítulo V. Elementos de urbanización. Capítulo VI. Cruces entre itinerarios peatonales e itinerarios vehiculares.
30. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Capítulo VII Urbanización de frentes de parcela. Capítulo VIII Mobiliario urbano. Capítulo IX Elementos vinculados al transporte. Capítulo X Obras e intervenciones en la vía pública. Capítulo XI Señalización y Comunicación Sensorial.
31. Ley de Aguas. Definición y utilización del Dominio Público Hidráulico: Dominio Público Hidráulico del Estado de los bienes que lo integran, de los cauces, riberas y márgenes. Contenido de los Planes Hidrológicos de Cuenca. La Concesión de aguas en general.
32. Ley de Aguas. Definición y utilización del Dominio Público Hidráulico: Vertidos al Dominio Público Hidráulico. Régimen jurídico de la reutilización. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas.
33. Colector Interceptor de Pozuelo de Alarcón. Concepto y trazado.
34. Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. (Actualizado octubre 2004, por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid).
35. Procesos de tratamientos de aguas residuales. Etapas de tratamientos.
36. Decreto 170/1998, de 1 de octubre, aguas residuales. Gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid.
37. Elementos de drenaje subterráneo.
38. Cálculo y Diseño de aguas pluviales y residuales. Cálculo y dimensionamiento hidráulico.
39. Pruebas y recepción de la red de saneamiento.
40. Conceptos de Modelado Hidrológico e Hidráulico.
41. Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas: Usos admitidos. Criterios de Calidad. Procedimiento para obtener la concesión y autorización de reutilización.
42. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013: Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental. Relación entre evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental.
43. Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, con las modificaciones efectuadas por las siguientes normas: Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de diciembre de 2015) y Ley 4/2016, de 22 de julio, de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 10 de agosto de 2016): Régimen transitorio en materia de evaluación ambiental.
44. Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento de la Comunidad de Madrid.
45. Ordenanza reguladora de la limpieza de espacios públicos y gestión de residuos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: Instalaciones fijas municipales de almacenamiento temporal de residuos. Residuos de Construcción y Demolición.
46. Real Decreto 1627/1997, de 17 de enero, disposiciones mínimas de seguridad en obras de construcción. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras. Presencia de Recursos preventivos en obras de construcción.
Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Grado en Ingeniería Civil o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
El procedimiento selectivo será de oposición libre de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, y con la resolución que apruebe la correspondiente convocatoria con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y constará de tres ejercicios a realizar en diferentes sesiones, de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno ellos.
A) Primer ejercicio:
Consistirá en contestar a un cuestionario de máximo 100 preguntas tipo test basado en las materias del temario que figura en el anexo de estas bases.
Cada pregunta contará con tres respuestas alternativas, siendo solamente una la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. Las respuestas en blanco o con más de una respuesta señalada no penalizarán ni puntuarán. El tiempo máximo de realización será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos. El tribunal podrá establecer un nivel mínimo para la superación de esta prueba, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para la misma. En ese caso, dicho nivel mínimo habrá de ponderarse para su coincidencia con la citada puntuación mínima.
El Tribunal publicará la plantilla de corrección correspondiente al objeto de posibles alegaciones o solicitud de anulación de preguntas, en su caso, que puedan presentar los aspirantes.
B) Segundo ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas del programa seleccionados con arreglo a la siguiente distribución:
— Un tema será elegido por los aspirantes de entre dos seleccionados por sorteo debiendo corresponder ambos al bloque temario general.
— El otro tema será elegido por los aspirantes de entre dos seleccionados por sorteo, debiendo éstos hallarse comprendidos en el bloque de la Parte Específica del Programa.
El tiempo de realización de este ejercicio será de tres horas. Se valorarán la formación y los conocimientos generales y especificos, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión escrita y síntesis. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
C) Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución escrita de un supuesto práctico a elegir por el aspirante de entre dos propuestos por el tribunal, relacionado con las funciones y cometidos legales propios de las plazas objeto de la convocatoria, y con la totalidad del temario que figura como Anexo. El tiempo de realización será de tres horas y los aspirantes podrán apoyarse para su realización en legislación, colecciones de jurisprudencia y demás medios en soporte papel, no comentados.
El ejercicio podrá ser posteriormente leído íntegramente por cada aspirante a criterio del tribunal de selección. Si el tribunal apreciara deficiencia notoria en el contenido de lo leído por el/la aspirante, podrá invitar a este a que desista de continuar el ejercicio. Concluida la lectura, el tribunal podrá dialogar con el/la aspirante sobre el contenido práctico objeto del ejercicio y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. Este diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos. Se valorarán capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento, la capacidad de análisis y formulación de conclusiones, la adecuada interpretación de los conocimientos y experiencia profesional, así como la capacidad de expresión escrita y oral, en su caso. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación de 5 puntos para superarlo.
Durante el desarrollo de todas las partes del proceso no estará permitido el uso de teléfonos móviles, medios informáticos ni cualquier otro dispositivo electrónico o telemático.
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra que resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento en su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
Convocadas 2 plazas correspondiente al turno libre de Ingeniero Técnico de Obras Públicas para el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Madrid). El sistema de selección será oposición y tanto las bases especificas como el temario se encuentran en el BOCM de 5 de marzo de 2020.
Durante la vigencia del estado de alarma se suspenden todos los plazos administrativos.
Disponibles test online en este enlace.
El temario de esta oposición está compuesto por los siguientes temas:
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido esencial. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica en la Constitución española. La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona.
2. El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema constitucional español: composición y funciones. Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. La Administración General del Estado. La estructura departamental y los órganos superiores. La Administración periférica. Los órganos consultivos.
3. El Poder Judicial. Órdenes jurisdiccionales y órganos. El Consejo General del Poder Judicial: designación, organización y funciones. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación, organización y funciones.
4. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. La notificación: contenido, plazo y práctica.
5. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos.
6. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
7. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
8. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.
9. La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. Procedimiento.
10. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. El Municipio: Concepto y elementos. La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. El Reglamento orgánico.
11. La organización municipal en los municipios de régimen común. Órganos necesarios y órganos complementarios. Especial referencia al régimen de organización de los municipios de gran población.
12. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales.
13. Elementos de los impuestos: hecho imponible. Sujeto pasivo. El domicilio fiscal. La base imponible y liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributaria.
14. El procedimiento de contratación en la Administración Pública. Presupuestos del procedimiento y preparación del contrato. La libertad de concurrencia. Los procedimientos de selección de contratistas.
15. El Presupuesto de las Corporaciones Locales: Contenido, aprobación, ejecución y liquidación. Modificaciones presupuestarias. El gasto público local.
TEMARIO ESPECÍFICO
1. Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid: La clasificación del suelo. Clases de suelo y categorías.
2. Ley 9/2001, de 17 de julio, del suelo de la Comunidad de Madrid: Clases de Planes de Ordenación del Territorio en la Comunidad de Madrid. El Plan General de Ordenación Urbana: Función, contenido y documentación.
3. Planes Parciales. Planes Especiales. Estudios de Detalle: Función, contenido y documentación.
4. Elaboración y aprobación de los planes: Formulación, tramitación del planeamiento general y especial. Vigencia y revisión de los planes. Efectos de la aprobación de los planes.
5. Ejecución del planeamiento: Sistemas de ejecución. Elección del sistema. Sustitución del sistema. El sistema de compensación.
6. Determinaciones de las Redes públicas.
7. Proyecto de Urbanización. Función, contenido y tramitación.
8. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Contenido y Sistema General de Objetivos.
9. Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón. Normas generales de diseño y calidad.
10. Plan Especial para la mejora de la ordenación pormenorizada de las parcelas destinadas a usos de equipamientos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
11. Infraestructuras básicas y Servicios Urbanos del PGOU de Pozuelo de Alarcón.
12. Ordenanza municipal de obras en la vía pública del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
13. Ordenanza municipal de Circulación y Tráfico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: Ocupación de la vía pública. Zonas de regulación circulatoria específica.
14. Señalización y balizamiento de obras en las vías públicas: Norma de Carreteras 8.3-IC: Principios generales y Ordenación de la circulación en presencia de obras fijas.
15. Señalización y balizamiento de obras en las vías públicas: Norma de Carreteras 8.3-IC: Limitación de la velocidad. Cierre de carriles a la circulación y desviación a carriles provisionales. Elementos de señalización, balizamiento y defensa.
16. Accesos a las carreteras de acuerdo con la “Norma 3.1-I.C. Trazado”, de la Instrucción de Carreteras, aprobada por Orden FOM/273/2016, de 19 de febrero.
17. Orden de Accesos a la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid, de 3 de abril de 2002. Títulos no derogados por la Orden de 23 de mayo de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
18. Orden 17 de febrero de 2004, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueban los requisitos técnicos para el proyecto y construcción de las medidas para moderar la velocidad en las travesías de la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid: Dispositivos relacionados con el trazado en planta y en alzado.
19. Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Clasificación. Instrumentos de coordinación entre el planeamiento viario y el planeamiento territorial. Estudios y Proyectos. Construcción. Uso y defensa de carreteras.
20. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Sección 1ª Limitaciones a la propiedad.
21. Glorietas. Clases de glorietas. Recomendaciones geométricas. Capacidad de una glorieta. Características del trazado.
22. Firmes de Carreteras. Descripción y funciones de los firmes de carreteras. Características funcionales y estructurales. Tipos de firmes.
23. Características de las mezclas bituminosas porosas. Ventajas y limitaciones de su empleo. Análisis y valoración de su comportamiento.
24. Orden FOM/3460/2003, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la Norma 6.1-IC “Secciones de Firme de la Instrucción de Carreteras”.
25. Cubicaciones. Perfiles trasversales.
26. Estudio de tráfico: Niveles de Servicio, Intensidad, Velocidad y Densidad.
27. Real Decreto 1367/2007. Zonificación Acústica. Cumplimiento y Objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas acústicas. Emisión de ruido de vehículos de motor, ciclomotores y servicios de urgencias.
28. Ley 8/1998, de 15 de junio, de vías pecuarias de la comunidad de Madrid. Usos comunes generales: prioritarios, compatibles y complementarios.
29. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Capítulo II Espacios públicos urbanizados y áreas de uso peatonal. Capitulo III Itinerario peatonal accesible. Capítulo V. Elementos de urbanización. Capítulo VI. Cruces entre itinerarios peatonales e itinerarios vehiculares.
30. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Capítulo VII Urbanización de frentes de parcela. Capítulo VIII Mobiliario urbano. Capítulo IX Elementos vinculados al transporte. Capítulo X Obras e intervenciones en la vía pública. Capítulo XI Señalización y Comunicación Sensorial.
31. Ley de Aguas. Definición y utilización del Dominio Público Hidráulico: Dominio Público Hidráulico del Estado de los bienes que lo integran, de los cauces, riberas y márgenes. Contenido de los Planes Hidrológicos de Cuenca. La Concesión de aguas en general.
32. Ley de Aguas. Definición y utilización del Dominio Público Hidráulico: Vertidos al Dominio Público Hidráulico. Régimen jurídico de la reutilización. Concepto y naturaleza jurídica de las obras hidráulicas.
33. Colector Interceptor de Pozuelo de Alarcón. Concepto y trazado.
34. Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. (Actualizado octubre 2004, por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid).
35. Procesos de tratamientos de aguas residuales. Etapas de tratamientos.
36. Decreto 170/1998, de 1 de octubre, aguas residuales. Gestión de las infraestructuras de saneamiento de aguas residuales de la Comunidad de Madrid.
37. Elementos de drenaje subterráneo.
38. Cálculo y Diseño de aguas pluviales y residuales. Cálculo y dimensionamiento hidráulico.
39. Pruebas y recepción de la red de saneamiento.
40. Conceptos de Modelado Hidrológico e Hidráulico.
41. Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas: Usos admitidos. Criterios de Calidad. Procedimiento para obtener la concesión y autorización de reutilización.
42. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013: Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental. Relación entre evaluación ambiental estratégica y la evaluación de impacto ambiental.
43. Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, con las modificaciones efectuadas por las siguientes normas: Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de diciembre de 2015) y Ley 4/2016, de 22 de julio, de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 10 de agosto de 2016): Régimen transitorio en materia de evaluación ambiental.
44. Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento de la Comunidad de Madrid.
45. Ordenanza reguladora de la limpieza de espacios públicos y gestión de residuos del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: Instalaciones fijas municipales de almacenamiento temporal de residuos. Residuos de Construcción y Demolición.
46. Real Decreto 1627/1997, de 17 de enero, disposiciones mínimas de seguridad en obras de construcción. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de proyecto y ejecución de las obras. Presencia de Recursos preventivos en obras de construcción.
Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, Grado en Ingeniería Civil o título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
El procedimiento selectivo será de oposición libre de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, y con la resolución que apruebe la correspondiente convocatoria con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y constará de tres ejercicios a realizar en diferentes sesiones, de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno ellos.
A) Primer ejercicio:
Consistirá en contestar a un cuestionario de máximo 100 preguntas tipo test basado en las materias del temario que figura en el anexo de estas bases.
Cada pregunta contará con tres respuestas alternativas, siendo solamente una la correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. Las respuestas en blanco o con más de una respuesta señalada no penalizarán ni puntuarán. El tiempo máximo de realización será de noventa minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos. El tribunal podrá establecer un nivel mínimo para la superación de esta prueba, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para la misma. En ese caso, dicho nivel mínimo habrá de ponderarse para su coincidencia con la citada puntuación mínima.
El Tribunal publicará la plantilla de corrección correspondiente al objeto de posibles alegaciones o solicitud de anulación de preguntas, en su caso, que puedan presentar los aspirantes.
B) Segundo ejercicio:
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas del programa seleccionados con arreglo a la siguiente distribución:
— Un tema será elegido por los aspirantes de entre dos seleccionados por sorteo debiendo corresponder ambos al bloque temario general.
— El otro tema será elegido por los aspirantes de entre dos seleccionados por sorteo, debiendo éstos hallarse comprendidos en el bloque de la Parte Específica del Programa.
El tiempo de realización de este ejercicio será de tres horas. Se valorarán la formación y los conocimientos generales y especificos, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión escrita y síntesis. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
C) Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución escrita de un supuesto práctico a elegir por el aspirante de entre dos propuestos por el tribunal, relacionado con las funciones y cometidos legales propios de las plazas objeto de la convocatoria, y con la totalidad del temario que figura como Anexo. El tiempo de realización será de tres horas y los aspirantes podrán apoyarse para su realización en legislación, colecciones de jurisprudencia y demás medios en soporte papel, no comentados.
El ejercicio podrá ser posteriormente leído íntegramente por cada aspirante a criterio del tribunal de selección. Si el tribunal apreciara deficiencia notoria en el contenido de lo leído por el/la aspirante, podrá invitar a este a que desista de continuar el ejercicio. Concluida la lectura, el tribunal podrá dialogar con el/la aspirante sobre el contenido práctico objeto del ejercicio y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. Este diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos. Se valorarán capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento, la capacidad de análisis y formulación de conclusiones, la adecuada interpretación de los conocimientos y experiencia profesional, así como la capacidad de expresión escrita y oral, en su caso. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación de 5 puntos para superarlo.
Durante el desarrollo de todas las partes del proceso no estará permitido el uso de teléfonos móviles, medios informáticos ni cualquier otro dispositivo electrónico o telemático.
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por la letra que resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente.
Salvo en casos de fuerza mayor, justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento en su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
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